Suprema rechazó recurso de nulidad y Karen Rojo deberá cumplir pena en la cárcel

La Corte Suprema rechazó el día de ayer, miércoles 23 de Marzo, el recurso de nulidad interpuesto por las defensas de la condenada ex alcaldesa de Antofagasta, Karen Rojo, y el ex secretario ejecutivo de la Corporación Municipal, Edgardo Vergara.

Debido a este fallo, que fue unánime y que descartó infracciones en el juicio oral al derecho a defensa por el proceso y tipificación del delito, la ex jefa comunal deberá cumplir en la cárcel su condena a cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo.

La instancia buscaba revertir las penas que recibieron el 18 de enero del año 2021 tras ser hallados culpables de fraude al fisco, delito cometido entre octubre de 2015 y agosto de 2016.

«Lo cierto es que los hechos vienen presentados como fraude al fisco, que no se puede entender como la estafa del artículo 468, sino como una forma de administración desleal, ya que se trata de una persona jurídica, con lo que pierde asidero desde ya la procedencia del engaño y no requeriría de una puesta en escena, pues el que podía ser confundido no es una persona natural», indicó parte del fallo.

También se puntualizó que «lo esencial en casos como los que esta figura de fraude al fisco pretende proteger, es de la acción malintencionada de quienes detentan funciones públicas justamente con facultades de administración y disposición patrimonial a nombre del Fisco, es decir, que las ejerzan frustrando la misión que tienen sobre el patrimonio público, el que están llamados a gestionar de manera intachable al servicio de un fin último deseado en beneficio de la comunidad».

En el caso de Rojo, esta fue condenada a cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, además de las penas accesorias de inhabilitación absoluta temporal -mientras dure la condena- para ejercer cargos públicos, inhabilitación perpetua para derechos políticos y una multa del 20 por ciento del perjuicio causado, equivalente $4.344.485.

Vergara, en tanto, fue condenado a tres años y un día de libertad vigilada y una multa del 10 por ciento del perjuicio causado.