La iniciativa establece por primera vez un marco legal general para regular el uso de la fuerza por parte de las policías y las Fuerzas Armadas en determinadas circunstancias. El Senado aprobó el informe de la Comisión Mixta por 29 votos a favor, 15 en contra y una abstención.
El proyecto de ley que establece las Reglas del Uso de la Fuerza (RUF) dio este miércoles un paso decisivo para convertirse en ley, luego de que la Sala del Senado aprobara el informe elaborado por la Comisión Mixta que resolvió las diferencias surgidas durante la tramitación de la iniciativa.
La propuesta, identificada con el boletín 15.805-07, fue respaldada por 29 votos a favor, 15 en contra y una abstención, quedando en condiciones de ser promulgada como ley de la República. La Cámara de Diputadas y Diputados ya había aprobado previamente el informe de la instancia mixta.
El proyecto busca establecer un marco jurídico que entregue reglas claras para el actuar de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y, en determinadas circunstancias, de las Fuerzas Armadas, fijando principios, deberes y criterios para la utilización de la fuerza durante el cumplimiento de sus funciones.
La iniciativa contempla criterios como legalidad, necesidad, responsabilidad, racionalidad y proporcionalidad, además de establecer una actuación gradual dependiendo del nivel de resistencia o agresión que enfrenten los funcionarios.
Un proyecto que tuvo tres años de tramitación
La discusión de las RUF se extendió durante aproximadamente tres años y atravesó distintas etapas en ambas cámaras del Congreso.
Las principales diferencias entre el Senado y la Cámara de Diputadas y Diputados fueron derivadas a una Comisión Mixta, instancia que durante la última semana de septiembre y los primeros días de octubre logró alcanzar un acuerdo sobre el texto definitivo.
Entre los aspectos que fueron zanjados se encuentran los principios generales que deberán orientar el uso de la fuerza, los deberes de los funcionarios y la gradualidad de las actuaciones frente a distintos escenarios.
Con la aprobación definitiva del informe, el proyecto concluyó su tramitación parlamentaria y quedó habilitado para su promulgación.
¿A quiénes se aplicará la nueva normativa?
Uno de los elementos centrales del texto es que diferencia entre las instituciones policiales y las Fuerzas Armadas.
De acuerdo con lo explicado por el ministro de Seguridad, Martín Arrau, la normativa contempla a Carabineros de Chile y la Policía de Investigaciones (PDI) en el ejercicio de sus funciones, mientras que las Fuerzas Armadas tendrán un título específico asociado a aquellas situaciones en que sean convocadas para determinadas labores de seguridad y resguardo.
En el caso de Gendarmería de Chile, la institución quedó excluida del proyecto, debido a que las reglas relativas al uso de la fuerza serán incorporadas en su propia legislación orgánica.
“Se excluyó a Gendarmería de Chile porque en su ley orgánica se va a incluir cómo se aplica la fuerza. Entonces quedó para Carabineros y Policía de Investigaciones en servicio y para las Fuerzas Armadas en un título aparte”, explicó Arrau.
El ministro agregó que las disposiciones para las Fuerzas Armadas consideran hipótesis como los estados de excepción y eventuales funciones relacionadas con la protección de infraestructura crítica.
Gradualidad en el uso de la fuerza
Uno de los aspectos más relevantes de la nueva legislación es que establece una escala gradual de actuación, buscando que el empleo de la fuerza responda a las características y nivel de riesgo de cada situación.
El texto establece reglas que parten desde el despliegue disuasivo y la comunicación, avanzando hacia mecanismos de control físico y otros medios previstos por la normativa.
Entre las reglas aprobadas se encuentran:
- Despliegue disuasivo de fuerzas, vehículos, naves, aeronaves, dispositivos u otros medios institucionales.
- Técnicas de comunicación y persuasión verbal, incluyendo diálogo, mediación y negociación.
- Empleo de elementos disuasivos o menos letales, conforme a las condiciones establecidas por la ley.
- Utilización de determinados dispositivos destinados al empleo de medios menos letales.
- Control físico y reducción de una persona cuando sea necesario para controlar una situación de resistencia.
- Otras etapas de actuación contempladas por la normativa, incluyendo disposiciones específicas para escenarios de mayor riesgo.
El principio general es que la respuesta de los funcionarios debe guardar relación con las circunstancias y avanzar de manera proporcional a la resistencia o agresión que se enfrente.
La normativa también establece que, una vez que una persona ha sido reducida e inmovilizada y deja de oponer resistencia, no podrá ejercerse fuerza en su contra.
¿Cuándo se podrá recurrir a la fuerza potencialmente letal?
Uno de los puntos que generó mayor debate durante la discusión parlamentaria fue la regulación del uso de la fuerza potencialmente letal.
El texto aprobado establece que esta constituye una medida de última instancia, que solo podrá utilizarse cuando las medidas contempladas en las etapas anteriores resulten insuficientes y cuando concurran las circunstancias establecidas expresamente por la ley.
La norma contempla situaciones vinculadas al cumplimiento del deber, legítima defensa, cumplimiento de una orden judicial, detención de una persona que oponga resistencia a la autoridad, impedimento de una fuga y protección de infraestructura crítica cuando exista un peligro grave de verse afectada.
La incorporación de estos criterios busca reducir los márgenes de incertidumbre respecto de las circunstancias en que los funcionarios pueden recurrir a niveles superiores de fuerza, estableciendo simultáneamente límites y obligaciones.
Deberes y responsabilidades para los funcionarios
La nueva normativa no solo establece facultades, sino también una serie de deberes asociados al uso de la fuerza.
Entre ellos se consideran obligaciones relacionadas con la planificación, identificación, advertencia cuando las circunstancias lo permitan, gradualidad de la actuación y resguardo de la vida e integridad de terceros.
También se contempla el deber de prestar auxilio cuando una persona resulte afectada producto del uso de la fuerza, siempre que las condiciones operativas permitan hacerlo sin generar un riesgo adicional. Además, se establecen obligaciones de registro y reporte de determinadas actuaciones.
De esta manera, el proyecto busca combinar una mayor certeza jurídica para los funcionarios con mecanismos destinados a garantizar que el uso de la fuerza esté sujeto a límites y responsabilidades.
Eximente de responsabilidad penal
Otro de los aspectos discutidos durante la tramitación fue la situación jurídica de los funcionarios que actúen conforme a las reglas establecidas.
El proyecto contempla que el personal de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y de las Fuerzas Armadas que cumpla las reglas de uso de la fuerza podrá quedar amparado por la circunstancia eximente de responsabilidad penal correspondiente al cumplimiento del deber, de acuerdo con las condiciones establecidas en la legislación.
La disposición fue uno de los puntos que generó debate entre los parlamentarios, especialmente respecto de la necesidad de entregar respaldo jurídico a los funcionarios sin eliminar la posibilidad de investigar y sancionar eventuales abusos.
Infraestructura crítica queda como próximo desafío
La aprobación de las RUF también adquiere relevancia para otras iniciativas vinculadas a la seguridad pública.
Uno de los temas mencionados durante el debate es la regulación de la infraestructura crítica, materia que permanece en discusión legislativa. Las nuevas reglas establecen disposiciones que consideran este tipo de infraestructura dentro de determinadas hipótesis de protección.
En paralelo, la eventual participación de las Fuerzas Armadas en labores de seguridad interior requiere contar con un marco jurídico que determine con claridad sus facultades, límites y responsabilidades.
En ese sentido, el despacho de las RUF constituye uno de los elementos legislativos que podrían facilitar la discusión de otras iniciativas relacionadas con la participación militar en tareas de seguridad.
Debate político en el Senado
La votación en la Sala estuvo marcada por diferencias entre los distintos sectores políticos.
Mientras quienes respaldaron la iniciativa destacaron la necesidad de entregar certeza jurídica a policías y militares, sus detractores manifestaron reparos respecto de algunas disposiciones relacionadas con el uso de la fuerza, las armas potencialmente letales, la proporcionalidad y las garantías de derechos fundamentales.
Durante la discusión también se abordaron materias como la protección de niños, niñas y adolescentes, la prohibición de la tortura, la responsabilidad de los funcionarios y las condiciones bajo las cuales podría operar la eximente de responsabilidad penal.
Con todo, la mayoría de la Sala terminó respaldando el informe de la Comisión Mixta, permitiendo cerrar una de las iniciativas que durante los últimos años ha estado en el centro del debate sobre seguridad pública.
Proyecto queda listo para su promulgación
Con la aprobación del Senado, las Reglas del Uso de la Fuerza quedaron en condiciones de convertirse en ley, una vez cumplidos los pasos constitucionales correspondientes.
La nueva legislación busca reemplazar la existencia de criterios dispersos por un marco legal general que determine cuándo, cómo y bajo qué principios puede utilizarse la fuerza por parte de las instituciones encargadas de la seguridad y, en determinadas circunstancias, por las Fuerzas Armadas.
Para sus impulsores, la aprobación representa un avance en materia de seguridad y certeza jurídica para quienes deben intervenir frente a situaciones de riesgo. Para sus críticos, el principal desafío estará en garantizar que las nuevas facultades sean aplicadas bajo criterios estrictos de proporcionalidad, control y respeto a los derechos fundamentales.
Tras años de discusión parlamentaria, Chile se encuentra así ante la inminente entrada en vigencia de un nuevo marco legal para uno de los asuntos más sensibles de la seguridad pública: los límites y condiciones bajo los cuales el Estado puede ejercer legítimamente la fuerza.
