Sigue la teleserie en Navidad: Blumen se defiende en el TER alegando “desesperación” de sus opositores y escudándose en el exalcalde Maldonado

Fuente: DIARIO EL MARINO

El pasado 2 de enero, el Tribunal Electoral Regional declaró “téngase por contestado el reclamo” en el caso “Meléndez y otros con Yanko Blumen Antivilo”, donde se busca la remoción del alcalde de Navidad, Blumen, por notable abandono de deberes. En un escrito de contestación, el abogado Gabriel Osorio Vargas, representante del edil, expuso los argumentos de defensa frente a las acusaciones que se han presentado en su contra.

En uno de los puntos de la presentación de Osorio, busca justificar el actuar de Blumen escudándose en la gestión del exalcalde Horacio Maldonado Mondaca. En su argumentación, Osorio Vargas señaló que hay más de 100 decretos firmados por Maldonado, que involucraban a su hija, y que “no constituyeron responsabilidad administrativa en su momento”, y por lo tanto, no deberían influir en la situación actual del alcalde Blumen.

“Si consideramos el periodo de ingreso y permanencia en el municipio de
cada uno de ellos, actos de los cuales, el ente contralor tuvo conocimiento y sobre los
cuales se pronunció, resolviendo que el Alcalde debía, en lo sucesivo, abstenerse de
participar en decisiones relacionadas con su hija, sin determinar la existencia de
responsabilidad administrativa”, dice el ex integrante del fallido proceso constitucional de 2023.

“S.S. Iltma, debe tener presente que el juicio de la Contraloría ha variado sustancial, discriminatoria y arbitrariamente, si a partir de hechos de mucha menor entidad, envergadura y gravedad, se determinó la existencia de responsabilidad administrativa del sr. Alcalde (Blumen) por no haberse abstenido de suscribir 6 decretos, en un periodo de meses y no de años, respecto de una persona con la cual a la fecha de la firma de aquellos no tenía relación sentimental alguna, y menos un hijo en común, lo cual bajo ninguna circunstancia puede ser calificado como un notable abandono de deberes ni menos una falta a la probidad administrativa, en tanto se trata de conducta muy distinta a la del anterior edil de la comuna (Maldonado), respecto de los actos que aquél firmó y que aprobaron modificaciones de contrato y beneficios a su hija”, agrega Osorio, aunque sin aclarar que los decretos firmados por el exalcalde Maldonado eran meramente administrativos.

Respondió algunos de los cargos señalando que el uso de vehículos municipales y maquinaria para actividades familiares o fines políticos no debe ser considerado como motivos suficientes para una remoción. Osorio sostuvo que el requerimiento de tres exconcejales y un edil aún en ejercicio es infundado y temerario, basado en una interpretación antojadiza y desordenada de 7 cargos extraídos del Informe Final N° 405/2023 de la Contraloría Regional de O’Higgins. Critica que los cargos carecen de precisión, claridad y conexión con normas infringidas, lo que afecta el derecho a la defensa.

Expone que los cargos no cumplen requisitos básicos de formulación, como descripción precisa de hechos, normas vulneradas y relación entre conductas y sanciones. Argumenta que no se demuestra cómo las conductas atribuidas constituyen notable abandono de deberes o faltas graves a la probidad. Señala que los concejales requirentes no presentaron antecedentes sólidos y usaron fragmentos de informes de la Contraloría sin sustento jurídico.

Finalmente, concluye que el requerimiento debe ser desechado íntegramente con condena en costas, y que el primer cargo relacionado con supuesta infracción al deber de abstención carece de fundamento, ya que la relación sentimental mencionada entre Blumen y Alexsandra Jiménez Román (con quien es padre de un hijo, Kai, nacido en febrero pasado) inició después del ingreso de la funcionaria en cuestión. “A fines de 2023”, dice Osorio.

“Los concejales requirentes no especifican desde cuando mi representado mantendría una relación sentimental con la sra. Jiménez Román, y generalizan asegurando que esta tendría una data anterior a la realmente efectiva y que data de diciembre de 2023”. Sin embargo, un simple cálculo de fechas (nueve meses antes del nacimiento del primogénito) pondría el inicio de la relación al menos en mayo de 2023.

“En el presente requerimiento reina la desesperación, al intentar remover a un alcalde recientemente electo democráticamente para un segundo periodo, elección que goza de total y absoluta legitimidad, frente a la manifiesta falta de fundamento de cargos que se intenta engrosar artificiosamente, con el fin de impresionar a un lector no conocedor de la regulación de la responsabilidad administrativa de un alcalde, pero que a la lectura de una persona conocedora del derecho, no puede sino concluirse la manifiesta falta de fundamento en el presente requerimiento. La sola señal de la mala formulación de 7 cargos es concluyente, en el presente caso no hay antecedentes, no hay indicios si quiera de infracciones que acarreen la responsabilidad administrativa. Por ello, se intenta multiplicar, engrosar y hacer creer que existen hechos graves, cuando en realidad no son tales”, dice el defensor de Blumen.

El caso ha generado un amplio debate en la comunidad de Navidad, dividida entre quienes apoyan la gestión del alcalde y quienes consideran que los hechos señalados constituyen un abuso de los recursos municipales y una falta de cumplimiento de sus obligaciones.

Este caso no solo involucra el futuro político del alcalde Blumen, sino también la percepción pública sobre la transparencia en la gestión municipal. El Tribunal, en los próximos meses, deberá emitir su pronunciamiento y aún faltan varias etapas en este proceso. El debate sigue abierto.