La acción judicial fue ingresada ante el Juzgado de Garantía de Litueche y busca esclarecer eventuales delitos relacionados con contrataciones municipales, el uso de vehículos fiscales en actividades políticas y trabajos realizados con maquinaria municipal en un terreno particular. En paralelo, la situación electoral del jefe comunal sigue vinculada a un recurso pendiente ante el Tribunal Calificador de Elecciones.
El Consejo de Defensa del Estado (CDE) presentó una querella criminal contra el alcalde de Navidad, Yanko Blumen Antivilo, por los presuntos delitos de negociación incompatible y malversación de caudales públicos. La acción judicial apunta a esclarecer una serie de hechos vinculados con el ejercicio de sus funciones y la eventual utilización de recursos municipales para fines distintos de los institucionales.
La presentación fue ingresada ante el Juzgado de Garantía de Litueche por la abogada procuradora fiscal de Rancagua, Lya Gabriela Hald Ramírez, en representación del Estado de Chile. En el documento, el organismo solicita que el Ministerio Público desarrolle diligencias para determinar si los antecedentes reunidos configuran delitos y establecer las eventuales responsabilidades penales que correspondan.
La querella reúne situaciones que también fueron objeto de revisiones administrativas y fiscalizaciones de la Contraloría General de la República. Entre ellas figuran la contratación de la pareja del alcalde en el municipio, el desplazamiento de una camioneta municipal para participar en una actividad política y la utilización de maquinaria fiscal para ejecutar trabajos en un terreno situado en el sector de San Rafael.
La acción del CDE abre una nueva arista judicial en torno a los antecedentes que han rodeado la gestión de Blumen, en un contexto marcado además por el proceso electoral que derivó en una resolución de remoción dictada en primera instancia.
Contratación municipal bajo cuestionamiento
Uno de los episodios incluidos en la querella corresponde a la contratación y posterior promoción de Alexsandra Jiménez Román, pareja y socia de Yanko Blumen, al interior de la Municipalidad de Navidad durante el período en que este ejercía como alcalde.
El organismo busca que se esclarezcan las circunstancias en que se concretaron dichas decisiones administrativas, así como las eventuales responsabilidades que pudieran derivarse de ellas.
La figura de negociación incompatible apunta, en términos generales, a situaciones en las que una autoridad o funcionario público interviene en asuntos en los que podría existir un interés particular, en los casos y bajo las condiciones que establece la legislación.
En este contexto, será la investigación penal la que deberá determinar si los hechos descritos en la presentación judicial cumplen los requisitos necesarios para configurar ese delito. La sola existencia de una relación personal o comercial no determina por sí misma la comisión de un ilícito.
Camioneta municipal habría sido utilizada para una actividad partidaria
Otro de los antecedentes expuestos por el Consejo de Defensa del Estado se relaciona con el uso de una camioneta municipal para asistir a una reunión del Partido por la Democracia (PPD), realizada en la comuna de Malloa el 2 de diciembre de 2023.
De acuerdo con los antecedentes incorporados en la querella, la bitácora del vehículo consignó el desplazamiento como una actividad de ayuda social. Sin embargo, los antecedentes recopilados por la Contraloría Regional de O’Higgins habrían identificado como destino una actividad de carácter partidario.
La utilización de vehículos fiscales está sujeta a las normas que regulan el empleo de bienes públicos y debe responder a las funciones institucionales correspondientes. Por ello, el objetivo de las diligencias solicitadas será esclarecer las circunstancias del traslado, su finalidad efectiva y las eventuales responsabilidades que pudieran existir.
El caso pone nuevamente en discusión la obligación de las autoridades de resguardar el uso adecuado de los recursos municipales, especialmente cuando se trata de bienes financiados con fondos públicos.
No obstante, la determinación de una eventual responsabilidad penal deberá sustentarse en los antecedentes que se incorporen a la investigación y en las conclusiones que adopten los organismos competentes.
Investigan trabajos con retroexcavadora en un terreno particular
Un tercer hecho mencionado en la presentación judicial guarda relación con la utilización de una retroexcavadora municipal para realizar labores de limpieza en un terreno ubicado en el sector de San Rafael, que se encontraba bajo el cuidado de la hermana del alcalde.
El CDE solicita que se investigue cómo se dispuso el uso de esta maquinaria, quiénes participaron en las labores y cuál fue la finalidad de los trabajos ejecutados.
La utilización de equipos municipales en terrenos particulares puede requerir una justificación administrativa y jurídica que permita establecer si existía una finalidad pública que respaldara la intervención. En caso contrario, corresponde determinar si hubo un eventual uso indebido de recursos estatales y si los hechos revisten carácter penal.
En ese sentido, la querella busca establecer si el empleo de la retroexcavadora se ajustó a las funciones municipales o si pudo haber beneficiado intereses particulares.
Antecedentes de la Contraloría forman parte del caso
Los hechos descritos en la acción judicial también se relacionan con procedimientos administrativos desarrollados por los organismos fiscalizadores.
Entre los antecedentes citados se encuentra el Informe Final N.º 405/2023, junto con un sumario administrativo instruido en el marco de las actuaciones de la Contraloría General de la República.
Estos procedimientos constituyen parte de los antecedentes que deberán ser examinados para establecer la secuencia de los acontecimientos, las decisiones adoptadas por los funcionarios involucrados y la eventual existencia de responsabilidades administrativas o penales.
Ambos ámbitos, sin embargo, tienen alcances diferentes. Mientras los procedimientos administrativos permiten examinar el cumplimiento de las obligaciones funcionarias y las normas que rigen la gestión pública, la investigación penal debe determinar si existen elementos suficientes para atribuir la comisión de delitos a personas determinadas.
Por ello, la presentación del Consejo de Defensa del Estado no equivale a una condena ni significa que los delitos denunciados se encuentren acreditados.
CDE solicita declaraciones y recopilación de documentos
En el marco de la querella, el Consejo de Defensa del Estado solicitó al Ministerio Público realizar distintas diligencias destinadas a profundizar en los hechos denunciados.
Entre las medidas requeridas se encuentra tomar declaración a Yanko Blumen y a Alexsandra Jiménez Román, además de identificar y entrevistar a funcionarios municipales que pudieran tener conocimiento de las contrataciones, los desplazamientos de vehículos y el uso de maquinaria.
La presentación también pide recopilar documentación relacionada con las decisiones administrativas cuestionadas y reunir antecedentes patrimoniales que puedan resultar pertinentes para el esclarecimiento de los hechos.
Asimismo, solicita obtener documentación de la Contraloría vinculada con los procedimientos de fiscalización y los antecedentes administrativos mencionados en el escrito.
Estas diligencias tienen como propósito reunir información que permita reconstruir los hechos, contrastar las versiones de las personas involucradas y determinar si existen elementos que sustenten la persecución penal.
El CDE también deja abierta la posibilidad de que, durante el desarrollo de la investigación, se identifiquen otros eventuales delitos o participantes, conforme a los antecedentes que se logren establecer.
Remoción del cargo: la arista electoral
La querella se presenta en paralelo a la controversia electoral que afecta al alcalde de Navidad.
El 17 de julio de 2026, el Tribunal Electoral Regional (TER) de O’Higgins resolvió la remoción de Yanko Blumen de su cargo y estableció una inhabilidad de cinco años para ejercer cargos públicos, por una contravención grave a las normas de probidad administrativa.
La defensa del jefe comunal presentó un recurso de apelación el 23 de julio de 2026 ante el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel), con el objetivo de impugnar esa decisión.
De acuerdo con los antecedentes consignados en la querella, el recurso permanece pendiente de resolución. En consecuencia, la determinación del TER corresponde a un fallo de primera instancia cuya revisión debe ser abordada en la sede electoral correspondiente.
Este procedimiento es independiente de la investigación penal promovida por el Consejo de Defensa del Estado. Por una parte, la justicia electoral debe resolver la controversia relativa a la permanencia en el cargo y la sanción aplicada; por otra, el Ministerio Público deberá investigar si los hechos denunciados constituyen delitos y quiénes podrían ser responsables.
La existencia de ambos procedimientos hace necesario distinguir entre las consecuencias administrativas y electorales de los hechos examinados y las eventuales sanciones penales que pudieran establecerse.
Una investigación que deberá esclarecer responsabilidades
La querella presentada por el Consejo de Defensa del Estado incorpora tres líneas principales de investigación: las decisiones relacionadas con la contratación de la pareja del alcalde, el presunto uso de un vehículo municipal para una actividad partidaria y los trabajos efectuados con maquinaria pública en un terreno particular.
A partir de estos antecedentes, el organismo busca que se determinen las circunstancias en que ocurrieron los hechos y si existió una utilización irregular de recursos municipales o una intervención incompatible con las obligaciones de la autoridad.
El avance de la causa dependerá de las diligencias que desarrolle el Ministerio Público y de los antecedentes que puedan incorporarse durante la investigación. Será la justicia la que deberá establecer si se configuran los delitos denunciados y si corresponde atribuir responsabilidad penal a los involucrados.
Mientras tanto, la situación de Yanko Blumen continúa marcada por dos procesos diferentes: la querella criminal impulsada por el CDE y la revisión pendiente de la resolución del Tribunal Electoral Regional ante el Tricel.
En ambos casos, las decisiones definitivas deberán adoptarse conforme a los procedimientos legales correspondientes, respetando las garantías de las personas involucradas y distinguiendo las denuncias presentadas de los hechos que eventualmente puedan acreditarse.
