Caso Relojes: SII presenta querella contra 25 personas
El servicio había interpuesto una denuncia contra solamente seis personas, pero hoy interpuso una acción penal contra los principales imputados en la causa por el delito de comercio clandestino de especies robadas.
Durante la mañana de hoy, el Servicios de Impuestos Internos (SII), interpuso una querella en contra de 25 personas que a juicio del organismo y la fiscalía, están presuntamente involucradas en una red de comercio ilegal de joyas y relojes.
La investigación a cargo del fiscal Eduardo Baeza y conocida como el Caso Relojes, hasta ahora contaba con una denuncia por parte del SII, en contra de seis personas. Además, la fiscalía ha imputado delitos por lavado de activos, receptación y asociación ilícita, contando con al menos 14 personas formalizadas.
Según información a la que tuvo acceso CIPER, tras hacer su propia revisión tributaria de los imputados en el caso, el SII determinó la posible existencia del delito tributario consagrado en el artículo 97, número 8 y 9 del Código Tributario, que corresponde al comercio clandestino de especies robadas.
La querella apunta contra la siguiente lista de personas vinculadas a la red:
- Estrella Arsenia Dinamarca Sánchez.
- Jaime Antonio Quiroz Jara.
- Domingo Elías Jalil Allel.
- Luis Rodrigo Chávez Acevedo.
- Domingo Antonio Lupallante Morán.
- Nicolás Ignacio Moreno López.
- Cristia Belén Venegas Dinamarca.
- Carla Estrella Venegas Dinamarca.
- Juan Carlos Venegas Dinamarca.
- Leonardo Álvarez Álvarez.
- Jean Franco Álvarez Epul.
- Daniela Díaz López.
- Luis Vásquez Carraha.
- Víctor Palma Riquelme.
- Claudio Andrés González Mermoud.
- Norman Alejandro Jiménez Cerda.
- Héctor Ángel Basso.
- Jaime Roberto Rivera Castro.
- Marco Antonio López Spagui.
- Juan Cristóbal Pavez Barriga.
- César José Velásquez Valencia.
- Tiare Carolina Carrasco Silva
- Francisca del Carmen Acuña Flores.
- Ricardo Javier Parada Neira.
- Jenny Marilyn Cofré Cofré.
Según el Código Tributario, el delito sobre comercio clandestino de especies, se refiere a cuando imputados ejercen el “el comercio a sabiendas sobre mercaderías, valores o especies de cualquiera naturaleza sin que se hayan cumplido las exigencias legales relativas a la declaración y pago de los impuestos que graven su producción o comercio”, dice. En el mismo texto, se señalan sanciones que van desde multas “del 50% al 400% de los impuestos eludidos”, a presidio o relegación menores en cualquiera de sus grados. “La reincidencia será sancionada con pena de presidio o relegación menores en su grado máximo.
Asimismo, en su artículo 9°, se alude al mismo tipo de delito: “El ejercicio efectivamente clandestino del comercio o de la industria con multa de una unidad tributaria anual a diez unidades tributarias anuales y presidio o relegación menores en cualquiera de sus grados y, además, con el comiso de los productos en instalaciones de fabricación y envases respectivos. La reincidencia será sancionada con pena de presidio o relegación menores en sus grados medio a máximo.
La querella fue interpuesta ante el 1° Juzgado de Garantía de Santiago, donde se tramita la causa.
(*) Los antecedentes expuestos en este artículo corresponden a un proceso judicial en curso, por lo que las personas mencionadas no deben ser consideradas culpables hasta que la justicia dicte sentencia definitiva.
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